Normas del Tribunal de Justicia de la UE: los juegos descargados se pueden revender, pero existen restricciones
Los consumidores pueden revender legalmente juegos y software descargados previamente comprados, incluso si existe un acuerdo de licencia de usuario final (EULA), dictaminó el Tribunal de Justicia de la UE. Echemos un vistazo más de cerca al veredicto.
El Tribunal de Justicia de la UE aprueba la reventa de juegos descargados
Principio de agotamiento de los derechos de autor y límites de los derechos de autor
El Tribunal de Justicia de la UE ha declarado que los consumidores pueden revender legalmente juegos y software descargados previamente comprados y jugados. El fallo surge de una disputa legal entre el distribuidor de software UsedSoft y el desarrollador Oracle en un tribunal alemán.
El principio establecido por el tribunal es el agotamiento de los derechos de distribución (principio de agotamiento de los derechos de autor₁). Esto significa que los derechos de distribución se agotan cuando el titular de los derechos de autor vende una copia y concede a un cliente el derecho a utilizar esa copia indefinidamente, permitiendo la reventa.
Esta sentencia se aplica a los consumidores de los estados miembros de la UE y cubre los juegos obtenidos a través de plataformas como Steam, GoG y Epic Games. El comprador original tiene derecho a revender la licencia del juego, permitiendo que otros (el "Comprador") descarguen el juego desde el sitio web del Editor.
La sentencia dice: “Un acuerdo de licencia otorga a un cliente el derecho a utilizar la copia indefinidamente, y el titular de los derechos agota sus derechos de distribución exclusivos vendiendo la copia al cliente... Por lo tanto, incluso si el acuerdo de licencia prohíbe más transferencia, el titular de los derechos ya no puede oponerse a la reventa de la copia ”
.En la práctica, el proceso podría ser el siguiente: el comprador inicial proporciona el código de la licencia del juego y renuncia al acceso en el momento de la venta/reventa. Sin embargo, la falta de un mercado o sistema comercial claro introduce complejidad y deja muchas preguntas.
Por ejemplo, preguntas sobre cómo funcionan las transferencias de registro. Por ejemplo, las copias físicas seguirán estando registradas en la cuenta del propietario original.
(1) "La doctrina del agotamiento de los derechos de autor limita el derecho general de los titulares de derechos de autor a controlar la distribución de sus obras. Una vez que se venden copias de una obra con el consentimiento del titular de los derechos de autor, se dice que ese derecho está 'agotado'. ' - Esto significa que el comprador es libre de revender la copia y el propietario de los derechos no tiene derecho a oponerse” (a través de Lexology.com)
El revendedor no puede acceder ni jugar el juego después de la reventa
Los editores incluirían cláusulas de no transferibilidad en los acuerdos de usuario, pero el fallo anuló tales restricciones en los estados miembros de la UE. Si bien los consumidores obtuvieron el derecho a revender, la limitación era que la persona que vendía el juego digital no podía seguir jugando.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró: “El comprador original de una copia tangible o intangible de un programa de computadora cuyos derechos de distribución del titular de los derechos de autor se han agotado debe hacer que la copia descargada en su computadora no esté disponible para la reventa. Si continúa usándolo, infringirá el derecho exclusivo del titular de los derechos de autor de reproducir su programa de computadora ”
.Permiso para realizar las copias necesarias para el uso del programa
Respecto al derecho de reproducción, el tribunal aclaró que si bien el derecho de distribución exclusiva se ha agotado, el derecho de reproducción exclusiva aún existe, pero está "sujeto a la reproducción requerida para su uso por el adquirente legítimo". Las reglas también permiten la realización de las copias necesarias para el uso del programa, y ningún contrato puede impedirlo.
“En este caso, la respuesta del tribunal fue que cualquier adquirente posterior de una copia cuyos derechos de distribución del titular de los derechos de autor se hayan agotado constituye un adquirente legal. Por lo tanto, puede venderle al primer adquirente una copia para que la descargue en su cuenta. Dicha descarga debe considerarse como una copia del programa informático, que es necesaria para permitir que el nuevo adquirente utilice el programa de acuerdo con el uso previsto." (De la Ley de derechos de autor de la UE: Comentario" (Segunda edición de Propiedad intelectual de Elgar). Serie de comentarios de derecho)
Restricciones en la venta de copias de seguridad
Vale la pena señalar que el tribunal dictaminó que las copias de seguridad no se pueden revender. Los adquirentes legítimos no pueden revender copias de seguridad de programas informáticos.
“Un adquirente legal de un programa informático no puede revender una copia de seguridad del programa”. Así lo establece la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Aleksandrs Ranks & Jurijs Vasilevics v. Corporación Microsoft.